DEL 7 AL 13 DE SEPTIEMBRE DE 2015
El próximo lunes día 7, coincidiendo una vez más con la semana del inicio del curso escolar, se pone en marcha la campaña a nivel nacional, promovida por la Dirección General de Tráfico y respaldada por todos los Ayuntamientos que se han adherido a la misma. El Ayuntamiento de Paradas a través de su Policía Local será uno de los que la apoyen.
1.- IDEAS GENERALES
El uso del cinturón de seguridad y de los SRI resulta útil
en cualquier trayecto corto o largo, urbano e interurbano.
Todos los ocupantes de un vehículo deben ir sujetos con su
sistema de retención adecuado.
El recorrido del cinturón de seguridad o del arnés nunca
debe ir por encima del cuello. Debe ajustarse lo más bajo posible sobre las
caderas y sin holguras.
1.1.- Dispositivos de
seguridad: Cinturón
El cinturón de seguridad es un elemento básico y fundamental
de la seguridad vial y reduce a la
mitad el riesgo de muerte en caso de accidente.
El airbag no es eficaz si no se complementa con la
utilización del cinturón de
seguridad. El cinturón de seguridad y
el airbag están pensados para funcionar de forma complementaria.
No utilizarlo en los asientos traseros supone un gran
riesgo. En un impacto frontal, la probabilidad de que un ocupante de los
asientos de atrás golpee mortalmente a otro pasajero de los asientos de delante
puede ser hasta 8 veces mayor.
Protege tanto de salir despedido del habitáculo, como de
impactar contra el parabrisas.
A 80 kilómetros por hora, un choque frontal sin llevar
puesto el cinturón de seguridad, suele llevar fatalmente aparejado resultado de
muerte o lesiones graves. El cinturón alcanza una máxima efectividad en los
vuelcos, donde se reduce un 77% el riesgo de muerte.
No llevar puesto el cinturón de seguridad es, junto con la
velocidad y la conducción bajo los efectos del alcohol, uno de los principales
factores de riesgo en la carretera.
|
- ¿De que protege?
Porcentaje de
reducción de lesiones:
Tipo de lesión
|
Conductor
|
Pasajero
|
Lesiones cerebrales
|
33%
|
56%
|
Fracturas craneales
|
18%
|
18%
|
Heridas faciales
|
45%
|
64%
|
Lesiones oculares
|
38%
|
40%
|
Fracturas faciales
|
6%
|
6%
|
Lesiones pulmonares
|
33%
|
58%
|
Fuente: Formación y
Educación Vial / Consejos de seguridad vial Web divulgativa de la
DGT
- Requisitos del
cinturón
·
Homologado
·
Bien
anclado
·
Con el
reglado correcto
·
Correctamente
abrochado
1.2.- Dispositivos de
seguridad: Sistemas de retención infantil (SRI)
·
Nunca
lleve a un niño en brazos, ni utilice su mismo cinturón de seguridad para
protegerle
·
Asegúrese
que la silla está bien instalada. Adapte el reposacabezas y los arneses de la
silla a medida que el niño vaya creciendo
- Porque tú usas el
cinturón, empieza con ellos desde pequeños.
·
Conoce
las características adecuadas a la talla, peso y edad de tu hijo
·
No
solo es importante la edad, también hay que tener en cuenta la altura y el peso
de los niños
- Obligatorio:
·
Niños
con una altura inferior a 1,35 m. (Alrededor
de 12 años).
- Recomendable:
· Hasta los 1,50 m es recomendable que
los menores sigan utilizando S.R.I homologados a su talla y peso.
· En todos los casos, la banda
diagonal del cinturón ha de pasar por la clavícula sobre el hombro y bien
pegada al pecho, mientras que la banda ventral ha de quedar lo más baja posible
sobre la cadera.
· Si la banda del hombro toca el
cuello o pasa bajo el mentón, el niño debe seguir utilizando un asiento
elevador.
· Nunca se debe ir con la banda debajo
del brazo o detrás de la espalda.
- A la hora de
adquirir un S.R.I:
·
La
silla siempre tiene que estar homologada, busca la etiqueta con la E que te
indicará para que vehículos es válida y el peso de los niños que pueden utilizarla.
·
Prueba
la silla que estés pensando adquirir con tu hijo y valora su comodidad y
adaptación, garantizando así que acepte ir atado.
·
Comprueba
que la silla se adapte perfectamente al asiento de tu automóvil y a los
cinturones de seguridad.
·
Solicita
que te expliquen las instrucciones de instalación y valora positivamente las
que sean más sencillas.
- Lesiones más
frecuentes por edades:
·
Hasta
los 2 años: Cuello
·
Entre
los 2 y los cuatro años: Cabeza
·
De 4 a 10 años: Abdomen
- Reglas de Oro:
·
Nunca
llevar al niño en brazos.
·
Utilizar
pinzas de retención del cinturón de seguridad es peligroso, dado que reduce
notablemente su eficacia.
·
El
AIRBAG: ¡Jamás coloque una sillita, sobre todo instalada en sentido contraria a
la marcha, con el airbag conectado!
·
No bajar
la guardia en los trayectos cortos. En los trayectos de casa al cole es donde
se acumulan el mayor número de conductas de riesgo.
·
Los
niños deberán viajar en sentido contrario a la marcha el mayor tiempo posible.
Si se puede hasta los 4 años.
·
Los
arneses o el cinturón no deberán ir retorcidos, ni holgados, ni doblados.
·
El
S.R.I debe ir perfectamente instalado. No debe moverse. La mejor opción
Es el anclaje mediante el sistema
ISOFIX.
·
La
cabeza del niño nunca debe asomar por encima del respaldo de la sillita. Si
esto ocurre indica que es preciso pasar a otra del grupo superior.
·
Los
padres deben dar siempre ejemplo, poniéndose siempre el cinturón.
- Sistema de anclaje
ISOFIX:
Sistema de anclaje de la sillita al vehículo que tiene 2 ó 3
puntos: dos argollas ubicadas en el chasis, detrás del asiento trasero, en las
que se introducen unos enganches que lleva la sillita y, en ocasiones, un
tercer punto llamado TOP TETHER, que evita que la sillita rote.
El ISOFIX sustituye al cinturón de seguridad como elemento
de sujeción de la sillita al coche y reduce la probabilidad de que el asiento
se coloque de forma incorrecta.
|
2.- CIFRAS A RESALTAR
2.1.- Datos sobre
siniestralidad
Durante el año 2014 se produjo en nuestro país un incremento
del 2% en el número de accidentes con víctimas y en el de heridos leves, un
descenso del 5% en heridos hospitalizados, mientras que las cifras de víctimas
mortales se mantuvieron estables, con un incremento del 0,4%. Todos estos datos
con respecto al año 2013. Así se registraron 91.570 accidentes con víctimas, en
los que fallecieron 1.688 personas, 8 más que en 2013; 9.574 fueron resultaron
heridos y necesitaron de ingreso en un centro hospitalario (512 menos) y
117.058 resultaron heridos leves.
Fuente: DGT.
Principales cifras de seguridad vial 2014. Datos provisionales.
2.2.-
Fallecidos y heridos graves en turismos y furgonetas en relación al uso del
cinturón. Años 2009-2014.
En las vías interurbanas en el año 2014, el 23% de los
fallecidos usuarios de turismos y furgonetas no utilizaban el cinturón de
seguridad y en las vías urbanas no lo llevaban 23 de los 76 fallecidos. En lo
referido a los heridos hospitalizados en vías interurbanas no utilizaban
cinturón el 9% y en las urbanas el 17%.
Turismos y furgonetas. Vías interurbanas
|
2009
|
2010
|
2011
|
2012
|
2013
|
2014
|
Fallecidos que no usaban cinturón
|
312
|
266
|
222
|
215
|
150
|
171
|
Total de fallecidos en turismos y furgonetas
|
1.302
|
1.214
|
984
|
882
|
692
|
746
|
% de no uso de cinturón
|
24%
|
22%
|
23%
|
24%
|
22%
|
23%
|
Heridos hospitalizados que no usaban cinturón
|
636
|
524
|
422
|
393
|
270
|
240
|
Total de heridos hospitalizados en turismos y furgonetas
|
5.295
|
4.699
|
4.043
|
3.523
|
2.842
|
2.604
|
% de no uso de cinturón
|
12%
|
11%
|
10%
|
11%
|
10%
|
9%
|
Turismos y furgonetas. Vías urbanas
|
2009
|
2010
|
2011
|
2012
|
2013
|
2014
|
Fallecidos que no usaban cinturón
|
38
|
30
|
32
|
24
|
21
|
23
|
Total de fallecidos en turismos y furgonetas
|
108
|
87
|
80
|
73
|
75
|
76
|
% de no uso de cinturón
|
35%
|
*
|
*
|
*
|
||
Heridos hospitalizados que no usaban cinturón
|
232
|
200
|
203
|
191
|
154
|
120
|
Total de heridos hospitalizados en turismos y furgonetas
|
945
|
703
|
693
|
715
|
766
|
691
|
% de no uso de cinturón
|
25%
|
28%
|
29%
|
27%
|
20%
|
17%
|
* No se muestra la distribución
porcentual, por ser el número total inferior a 100
Fuente: DGT. Las Principales Cifras
de Siniestralidad Vial 2014. Datos provisionales.
2.3.- Uso de cinturón en turismos y
furgonetas: Evolución histórica del uso del cinturón de seguridad
en conductores y acompañantes
Para
conocer el comportamiento de los usuarios en cuanto al uso de accesorios de
seguridad se han realizado, desde comienzos del año 2005, estudios basados en
observaciones de campo y cuyos resultados se exponen a continuación
En
relación al uso de cinturón en turismos y furgonetas, se observa durante el año
2012 que el 90% de los conductores llevan puesto el cinturón de seguridad. Esta
cifra es similar en los acompañantes delanteros, un 91%. Es decir, 9 de cada
100 personas que ocupan plazas delanteras en turismos o furgonetas están usando
el cinturón de seguridad, consiguientemente, en torno al 10% no hacen uso del
cinturón en este caso. En los asientos
traseros, esta cifra de no uso se eleva hasta el 20 de cada 100 ocupantes (80%
de uso). Al producirse una ocupación menor en los asientos traseros que en los
delanteros, para el total de ocupantes el porcentaje de uso se convierte en un
88%: 12 de cada 100 personas que viajan en turismo o furgoneta no usa el
cinturón de seguridad.
Los datos
anteriores se obtienen de las encuestas no participativas que realiza la
Dirección General de Tráfico, en las que se observa el comportamiento de los
ocupantes de turismos y furgonetas.
En la
siguiente tabla se presenta la evolución histórica de estos indicadores desde
2005 hasta 2012.
USO DEL
CINTURÓN: Conductor y acompañantes. Evolución histórica
|
|||||||||
2005
|
2006
|
2007
|
2008
|
2009
|
2010
|
2011
|
2012
|
||
Conductor
|
Zona no urbana
|
81%
|
92%
|
95%
|
95%
|
97%
|
94%
|
94%
|
94%
|
Zona urbana
|
69%
|
81%
|
87%
|
79%
|
88%
|
82%
|
82%
|
86%
|
|
TOTAL
|
74%
|
84%
|
89%
|
83%
|
92%
|
88%
|
88%
|
90%
|
|
Acompañante delantero
|
Zona no urbana
|
82%
|
93%
|
92%
|
94%
|
96%
|
92%
|
95%
|
95%
|
Zona urbana
|
69%
|
81%
|
86%
|
84%
|
85%
|
83%
|
83%
|
87%
|
|
TOTAL
|
74%
|
85%
|
88%
|
86%
|
90%
|
87%
|
89%
|
91%
|
|
DELANTE
|
Zona no urbana
|
81%
|
92%
|
94%
|
94%
|
96%
|
94%
|
94%
|
94%
|
Zona urbana
|
69%
|
81%
|
87%
|
81%
|
87%
|
81%
|
82%
|
86%
|
|
TOTAL
|
74%
|
84%
|
88%
|
84%
|
92%
|
87%
|
88%
|
90%
|
|
DETRÁS
|
Zona no urbana
|
56%
|
74%
|
69%
|
80%
|
82%
|
81%
|
84%
|
86%
|
Zona urbana
|
46%
|
58%
|
69%
|
73%
|
62%
|
69%
|
71%
|
74%
|
|
TOTAL
|
50%
|
63%
|
69%
|
75%
|
72%
|
75%
|
78%
|
80%
|
|
TOTAL
|
Zona no urbana
|
79%
|
89%
|
87%
|
92%
|
95%
|
93%
|
93%
|
92%
|
Zona urbana
|
67%
|
78%
|
82%
|
80%
|
85%
|
81%
|
81%
|
83%
|
|
TOTAL
|
72%
|
81%
|
84%
|
83%
|
90%
|
87%
|
87%
|
88%
|
|
3.- SANCIONADOS,
SANCIONES Y PUNTOS DETRAÍDOS SEGÚN AGRUPACIÓN DE
PRECEPTOS.
Datos del año 2012:
-
133.299
sancionados por no llevar cinturón/SRI
-
413.382
puntos detraídos.
Datos del año 2013:
-
127.900
sancionados por no llevar cinturón/SRI
-
397.551
puntos detraídos.
|
4.-RESULTADOS DE LAS CAMPAÑAS
DE VIGILANCIA Y CONTROL DEL USO DE
4.- RESULTADOS DE LA ÚLTIMA CAMPAÑA DE VIGILANCIA Y CONTROL
REALIZADA ENTRE LOS DÍAS 9 Y 15 DE MARZO DE 2015.
Durante esta semana los agentes de la Agrupación de Tráfico
de la Guardia Civil han controlado 416.917 vehículos. Se han detectado 4.803
infracciones de conductores o pasajeros que no hacían uso del reglamentario
sistema de retención. Concretamente, 2.824 conductores y 1.692 pasajeros, de
los cuales, 1.020 estaban situados en los asientos delanteros y 672 en los
asientos traseros.
A estos datos hay que sumar 287 menores de doce años
detectados sin ningún tipo de sistema de retención mientras se desplazaban en
sus correspondientes vehículos. De estos 287 menores, 70 iban situados en el
asiento delantero y 217 en los asientos traseros.
Hay que añadir a estos datos de la ATGC los controlados por
los numerosos ayuntamientos que se han sumado a la campaña de vigilancia de la
DGT, en concreto, se han adherido 389 ayuntamientos, ofreciendo los siguientes resultados globales:
Controlados
|
SI
|
NO
|
Porcentaje
|
|
Cinturón seguridad
|
235.245
|
221.290
|
6.718
|
94,07%
|
SRI
|
14.299
|
13.739
|
560
|
96,08%
|
5.1.- Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2
de marzo, por el que se aprueba el texto articulado de la Ley sobre Tráfico,
Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.
Artículo 11:
·
Los conductores y ocupantes de los vehículos están obligados a
utilizar el cinturón de seguridad, cascos y demás elementos de protección y
dispositivos de seguridad en las condiciones y con las excepciones que, en su
caso, se determinen reglamentariamente. Los conductores profesionales cuando
presten servicio público a terceros no se considerarán responsables del
incumplimiento de esta norma por parte de los ocupantes del vehículo.
·
En todo caso, queda prohibido circular con menores de 12 años
situados en los asientos delanteros del vehículo, salvo que utilicen
dispositivos homologados al efecto. Asimismo, queda prohibido circular con
niños menores de tres años situados en los asientos traseros del vehículo,
salvo que utilicen para ello un sistema de sujeción homologado adaptado a su
talla y a su peso, con las excepciones que se establezcan reglamentariamente.
Respecto a los sistemas de seguridad
de los ocupantes de los vehículos (cinturones de seguridad, casco y demás
elementos de protección) y debido a que la legislación europea va incrementando
progresivamente los niveles de exigencia, tanto en el uso como en la
instalación de los mismos, la Ley lo que hace es recoger de forma generalizada
la obligación que tienen todos los conductores y ocupantes de los vehículos de
hacer uso de dichos elementos de protección.
Por razones de seguridad vial, el
nuevo texto permite que se pueda prohibir la ocupación de los asientos
delanteros o traseros del vehículo a los menores en función de su edad o talla,
así como la posibilidad que tienen los agentes de inmovilizar el vehículo si no
se dispone del dispositivo de retención infantil adecuado.
De esta forma, la Ley anticipa los
cambios que se realizarán en el Reglamento General de Circulación, que será la
norma donde se regulen expresamente las condiciones, excepciones y usos de
estos dispositivos de seguridad y donde se vayan transponiendo las Directivas
Europeas.
5.2.- Real
Decreto 1428/2003, de 21 noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General
de Circulación.
Artículo 116:
·
Los
conductores y ocupantes de vehículos a motor y ciclomotores están obligados a
utilizar el cinturón de seguridad, el casco y demás elementos de protección en los casos y
condiciones que se determinan en este capítulo y en las normas reguladoras de
los vehículos, con las excepciones que igualmente se fijan en dicho capítulo,
de acuerdo con las recomendaciones internacionales en la materia y atendiendo a
las especiales condiciones de los conductores discapacitados
El artículo 117:
·
Establece
que se utilizaran cinturones de seguridad u otros sistemas de retención
homologados, correctamente abrochados, tanto en la circulación por vías urbanas
como interurbanas.
·
Queda
prohibido circular con menores de doce años situados en los asientos delanteros
del vehículo, salvo que utilicen dispositivos homologados al efecto.
Excepcionalmente, cuando su estatura sea igual o superior a 135 centímetros,
los menores de doce años podrán utilizar como tal dispositivo el propio
cinturón de seguridad para adultos de que estén dotados los asientos delanteros
(art. 117.2.a)
- Respecto de los
asientos traseros del vehículo:
·
Las
personas cuya estatura no alcance los 135 centímetros, deberán utilizar
obligatoriamente un dispositivo de retención homologado adaptado a su talla y a
su peso (art. 117.2.b.1)
·
Las
personas cuya estatura se igual o superior a 135 centímetros y no supere los
150 centímetros, podrán utilizar indistintamente un dispositivo de retención homologado adaptado a su talla y a su
peso o el cinturón de seguridad para
adultos (art. 117.2.b.2).
·
Los
niños no podrán utilizar un dispositivo de retención orientado hacia atrás
instalado en un asiento del pasajero protegido
con un airbarg frontal, a menos que haya sido desactivado, condición que
se cumplirá también en el caso de que dicho airbarg se haya desactivado
adecuadamente de forma automática (art. 117.3).
·
Los
pasajeros de más de tres años de edad cuya estatura no alance los 135
centímetros, deberán utilizar los cinturones de seguridad u otros sistemas de
retención homologados instalados en los vehículos de más de nueve plazas,
incluido el conductor, siempre que sean adecuados a su talla y peso
(art.117.3).
Según el artículo 65.4h) del Real Decreto Legislativo
339/1990 son infracciones graves,
cuando no sean constitutivas de delito, las conductas tipificadas referidas a no
hacer uso del cinturón de seguridad, sistemas de retención infantil, casco y
demás elementos de protección.
5.3. Ley del Permiso
por Puntos
Desde la implantación en España del Permiso por Puntos hasta
diciembre de 2014, 1.074.896 personas han sido sancionadas por no usar
adecuadamente el cinturón de seguridad o SRI en los menores. Esto ha supuesto
una pérdida de 3.931.170 puntos, un 12% del total de puntos perdidos.
6.- ESTUDIOS REALIZADOS
6.1.- Buenos y malos usos de las sillitas infantiles en los
accidentes de tráfico (Autor: Universidad Politécnica de Madrid. Propietario
Externos-2011)
El informe tiene cuatro objetivos
fundamentales:
·
Dar
a conocer los riesgos que corren los menores cuando no se utilizan correctamente
las sillitas en los automóviles..
·
Cuantificar
los beneficios y mejoras en la seguridad vial cuando se utilizan bien
estos dispositivos.
·
Concienciar
a los padres no sólo de la importancia de utilizar estos
dispositivos sino de hacerlo bien.
·
Fomentar
la seguridad infantil, sumándose al objetivo de la DGT: “Cero niños
fallecidos sin Sillitas” en su reciente Plan Estratégico de Seguridad
Vial2011-2020.
A día de hoy, los accidentes de
tráfico siguen siendo la primera causa de muerte en los niños mayores de 4
años. Cada año, alrededor de 40 niños que van como ocupantes del coche fallecen
y unos 2.950 resultan heridos cada año en España. De ellos, el 40% no hacía uso
de ningún sistema de retención infantil
El proyecto europeo CHILD calcula,
además, que 7 de cada 10 niños que viajan en coches no utilizan correctamente
la sillita. Esto implica que, en los primeros ocho meses del año 2011,
alrededor de 20 niños han fallecido posiblemente porque no estaban utilizando
correctamente el Sistema de Retención Infantil (SRI).
Ya sea por las prisas, por la
pereza de poner bien los dispositivos o por aumentar la comodidad del niño,
usar mal las sillitas multiplica por 4 el riesgo de muerte infantil en caso de
accidente de tráfico. Pero no sólo aumenta el riesgo de que el menor fallezca,
sino que 4 de cada 5 casos en los que sobrevive, puede sufrir lesiones y
secuelas muy graves. Además, las cargas que soportan la cabeza y el cuello del
niño son equivalentes a unos 120 kilos.
El estudio ofrece como conclusión
las siguientes recomendaciones:
. Situar
la sillita en la plaza trasera central.
. Asegurarse de anclar correctamente la sillita con el
cinturón del coche o el sistema ISOFIX.
. Desactivar siempre el airbag al colocar las sillitas
portabebés en el asiento del copiloto.
. No dejar nunca holgado el arnés de seguridad de la sillita,
pues cuando no está bien ajustado aumenta el riesgo de que el menor sufra daños
severos.
. Ajustar las correas de la sillita a la estatura del niño,
sin que queden por encima o debajo de los hombros, a medida que crezca ayuda a
evitar lesiones.
. Utilizar siempre los sistemas de retención hasta que el niño
supere los 135 cm. de estatura.
. Ser conscientes de que el cambio de una sillita a
otra depende del peso del menor, no de su de edad.
|
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