En la madrugada del pasado viernes 13, la Policía Local
encontró un pequeño recipiente lleno de marihuana escondido en el interior de
un ciclomotor cuyo conductor fue parado por agentes de esta Jefatura. La
cantidad aprehendida es pequeña y se considera para consumo propio por lo que
el propietario fue denunciado por una infracción a la Ley Orgánica 1/92 sobre
protección de la seguridad ciudadana.
“El consumo en
lugares, vías, establecimientos o transportes públicos, así como la tenencia
ilícita, aunque no estuviera destinada al tráfico de drogas tóxicas,
estupefacientes o sustancias psicotrópicas, siempre que no constituya
infracción penal, así como el abandono en los sitios mencionados de útiles
o instrumentos utilizados para su consumo”
Esta práctica
poco recomendable y muy extendida no está contemplada en el código penal, pero
aunque no sea falta ni delito sí es una infracción administrativa grave que se
castiga con multas que oscilan entre los 300,52€ y 30.050,61€.
Queda claro
que el consumo no es ningún delito pero todo cambia si tras la ingesta y bajo
sus efectos se conduce algún vehículo, pasando el consumidor a convertirse en
un delincuente autor de un delito contra la seguridad vial.
En este caso,
sí se celebraría un juicio penal y las penas serían mucho más graves,
contemplando incluso penas privativas de libertad en algunos casos. Piensen en
el peligro que representa conducir un vehículo estando sus capacidades
psico-físicas disminuidas.
Delitos contra la seguridad Vial. Artículo 379
“El que condujere un vehículo
de motor o ciclomotor bajo la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes,
sustancias psicotrópicas o de bebidas alcohólicas será castigado con la pena de
prisión de tres a seis meses o con la de multa de seis a doce meses o con la de
trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días, y, en
cualquier caso, con la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y
ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años.”
No nos extrañaría que piensen que es excesivo
considerar delincuente a una persona que conduce bajo los efectos de drogas (el
alcohol también lo es). Es muy fácil poner excusas: “hombre no es para tanto”,
“yo controlo”, “quién no ha conducido con unas copas de más alguna vez”, “en el
pueblo no pasa nada” . Sólo son excusas para disculpar nuestra reprobable
conducta. Podríamos contarle y enseñarle fotos de muchos accidentes increíbles
ocurridos en Paradas y provocados por personas que controlaban y pensaban que
no pasaba nada.
Es más difícil ponerse en el lugar de alguien cuyos
seres queridos (padres, hijos, familiares o amigos) han muerto o están
gravemente lesionados por culpa de un accidente provocado por alguien que
conducía drogado. Si lo consigue, ya verá cómo no encuentra ninguna excusa para
disculpar esa conducta.
"Si quiere beber, beba que nadie lo prohíbe... pero
por favor no conduzca."
Le recordamos que además de los controles de
alcoholemia ya se están realizando controles de detección de otros tipos de
drogas y esta Jefatura cuenta con personal técnico habilitado para la realización de dichas pruebas.