viernes, 27 de octubre de 2017

VIGILANCIA Y PROTECCIÓN DE VEHÍCULOS AVERIADOS Y USO DE CHALECOS REFLECTANTES DE SEGURIDAD

CAMPAÑA DE VIGILANCIA EN ANDALUCÍA APOYADA POR LA POLICÍA LOCAL DE PARADAS.

Entre los días 30 de octubre de 2017 y 2 de noviembre, se propone realizar en Andalucía
una CAMPAÑA DE VIGILANCIA Y PROTECCIÓN DE VEHÍCULOS AVERIADOS, al
objeto de garantizar la seguridad de los usuarios después de un accidente.
IDEAS GENERALES.

Es continuo el esfuerzo de la DGT para concienciar a todos los usuarios del vía de la
necesidad de PREVENCIÓN Y PRUDENCIA, pero no solo es importante durante la
circulación, también en caso de parada ante una posible avería, por accidente, o por
decisión del conductor. En ese caso, y para garantizar la seguridad de los usuarios es
imprescindible recordar:

El Reglamento General de Vehículos establece la obligación de llevar en el vehículo dos
triángulos de preseñalización del peligro y al menos un chaleco reflectante de alta
visibilidad.

 El uso de un chaleco reflectante de alta visibilidad es obligatorio cuando se salga del
vehículo y se ocupe la calzada o el arcén de las vías interurbanas.
 En caso de inmovilización del vehículo por accidente, se utilizarán los triángulos de
preseñalización de peligro, salvo que las condiciones de circulación no permitan hacerlo.

Los triángulos se colocarán, uno por delante y otro por detrás del vehículo, como mínimo a
50 metros de distancia y en forma tal que sean visibles desde 100 metros, al menos, por
los conductores que se aproximen. En calzadas de sentido único, o de más de tres
carriles, bastará la colocación de un solo dispositivo, situado como mínimo 50 metros
antes.

Además, se encenderá la luz de emergencia, si el vehículo la lleva. Si el accidente tiene
lugar en autopista o autovía, en condiciones de baja visibilidad o entre la puesta y salida
del sol, se encenderán también las luces de posición y, en su caso, las de gálibo.

ALGUNAS CIFRAS
En Andalucía en los últimos años, más del 10% de los fallecidos eran peatones (datos de
accidentabilidad en vías interurbanas a 24 horas, más del 10%)

NORMATIVA
El Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento
General de Circulación para la aplicación y desarrollo del texto articulado de la Ley sobre
tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, aprobado por el Real Decreto
Legislativo 339/1990, de 2 de marzo informa:
Artículo 118. Cascos y otros elementos de protección
3. Los conductores de turismos, de autobuses, de automóviles destinados al transporte de
mercancías, de vehículos mixtos, de conjuntos de vehículos no agrícolas, así como los conductores y
personal auxiliar de los vehículos piloto de protección y acompañamiento deberán utilizar un
chaleco reflectante de alta visibilidad, certificado según el Real Decreto 1407/1992, de 20 de
noviembre, por el que se regulan las condiciones para la comercialización y libre circulación
intracomunitaria de los equipos de protección individual, que figura entre la dotación obligatoria del
vehículo, cuando salgan de éste y ocupen la calzada o el arcén de las vías interurbanas.
Por tanto, se propone el desarrollo de una campaña en Andalucía para vigilancia y
protección de VEHÍCULOS AVERIADOS Y USO DE CHALECOS REFLECTANTES DE
SEGURIDAD de los peatones en carretera durante los días 30 de octubre (lunes) y 2
de noviembre (jueves).

No hay comentarios:

Publicar un comentario