Del 17 al 23 de julio de 2017
Desde el pasado lunes día 17, la Policía Local de Paradas viene realizando inspección de vehículos para controlar las condiciones de circulación de los mismos. Principalmente la inspección se realizará a las condiciones de neumáticos, alumbrado y señalización, placas de matrícula y documentación del vehículo, denunciando a aquellos que no cumplan con la normativa. La campaña promovida a nivel nacional por la DGT seguirá realizándose en las calles de Paradas hasta el próximo domingo día 23 de julio.
A continuación pueden consultar el argumentario de la DGT para la realización de la campaña.
1.- ASPECTOS
GENERALES
Entre los días 17 y 23 de julio la AGTC y los
Ayuntamientos que se adhieran a la misma, llevarán a cabo una campaña de vigilancia y control de
las condiciones del vehículo.
En los últimos años ha continuado el progresivo
envejecimiento del parque de automóviles. La antigüedad del vehículo supone un
factor de riesgo, al carecer este de los sistemas y equipamientos de seguridad
implantados recientemente, además de los problemas derivados de su uso.
El análisis del parque permite extraer una primera
conclusión:
La antigüedad media del parque de turismos ha
aumentado en 3,7 años en el periodo 2007-2014.
En el resto de vehículos, la situación es bastante
similar, según podemos ver en el siguiente gráfico:
El riesgo de fallecer o resultar herido grave se
multiplica por dos al comparar los accidentes ocurridos con vehículos de 10 a
15 años de antigüedad, en relación con vehículos de menos de 5 años.
El
mantenimiento adecuado de todos los elementos de seguridad del vehículo se
convierte en una actividad totalmente imprescindible para combatir la
siniestralidad.
Hay que prestar una especial atención al adecuado
mantenimiento y puesta a punto de todos
los elementos de seguridad del vehículo: neumáticos, frenos, luces y
señalización, etc.
Mensajes
fuerza:
Invertir en mantenimiento del vehículo es invertir en
seguridad
2.- NEUMÁTICOS
Los neumáticos constituyen el único y decisivo
contacto con la carretera. Son los encargados de asegurar la adherencia en el
empuje, en la frenada y en el deslizamiento lateral, la dirección del recorrido
del vehículo deseada por el usuario y la
amortiguación de las imperfecciones del pavimento.
Su adecuado mantenimiento y correcta utilización
resultan fundamentales para lograr una mayor seguridad vial. Aproximadamente un
5% de los vehículos, más de un millón, circulan con defectos graves en las
ruedas, principalmente por: llevar una profundidad del dibujo por debajo del
mínimo legal de 1,6 mm., tener un desgaste irregular debido a una mala
suspensión o una alineación incorrecta, circular con una presión errónea.
Los vehículos
relacionados con un uso más profesional presentan mayores índices de
defectos en los neumáticos, como es el caso de las furgonetas.
Es imprescindible comprobar regularmente la
profundidad del dibujo. Conviene recordar que el neumático tiene un testigo que
indica el mínimo legal de 1’6 mm. También es conveniente revisar el desgaste
desigual del neumático, sobre todo en los neumáticos delanteros. La presión
debe comprobarse regularmente todos los meses con el neumático en frío, sin
olvidar la rueda de repuesto, así como revisar posibles fugas de aire por las
válvulas. El tapón de la válvula constituye un elemento de estanqueidad, por lo
que su uso es imprescindible.
Según un estudio reciente del RACE, Los defectos en
los neumáticos son la causa del “aumento en las salidas de la vía”, que en 2014
supusieron el 38% de los accidentes en carretera, frente al 34 % del año anterior.
“
Mensajes fuerza:
Es recomendable que la profundidad de las ranura tenga
como mínimo 3 milímetros.
El límite legal es de 1,6 milímetros.
Para que la conducción se realice en condiciones de
seguridad, no sólo para la persona que va al volante de su vehículo, sino para
todos los demás usuarios de las vías públicas, es necesario ver bien, lo que se
consigue con los dispositivos o sistemas de alumbrado de los que el vehículo ha
de estar dotado.
Esta importancia que tiene el alumbrado de los
vehículos para tratar de que la circulación sea lo menos peligrosa posible,
aconseja prestar una especial atención a la utilización, mantenimiento y
regulación de los faros, para conseguir, por un lado, disponer de luz suficiente
y, por otro, no deslumbrar a quién circula por las mismas vías públicas.
De todo lo expuesto, se puede establecer que una
primera finalidad de las luces de los vehículos es la de VER, pero no se puede
olvidar que cada vehículo en circulación es, en la práctica, un obstáculo para
los demás. Por ello, es muy importante que pueda ser percibido, delimitando la
situación del vehículo, es decir, debe SER VISTO.
Unos faros y luces eficaces en la parte delantera y
trasera del vehículo son la base para satisfacer debidamente la función de “ver
y ser vistos”. La importancia de una buena iluminación en el tráfico rodado
queda de manifiesto por el hecho, científicamente contrastado, de que el
noventa por ciento de todos los datos que precisa un conductor se perciben a
través de la vista, mientras que el diez por ciento restante se reciben por el
oído y el sentido del equilibrio.
Consejos básicos sobre el sistema de iluminación:
Las lámparas van reduciendo su intensidad con el uso,
por lo que deben cambiarse cada 40.000 Km. o 2 años.
Las lámparas se deben cambiar de dos en dos, debido a
que su uso es simétrico en la mayoría de los casos.
Es necesario mantener siempre limpias las ópticas:
faros y pilotos.
El uso obligatorio del alumbrado aparece recogido en
el art. 43 del Real Decreto
Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido
de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.
Artículo 43. Uso obligatorio.
1. Los vehículos que circulen entre la puesta y la
salida del sol, o a cualquier hora del día en los túneles y demás tramos de vía
afectados por la señal túnel, deben llevar encendido el alumbrado que
corresponda, en los términos que reglamentariamente se determine.
2. También deben llevar encendido durante el resto del
día el alumbrado que reglamentariamente se establezca:
a) Las motocicletas.
b) Los vehículos que circulen por un carril reversible
o en sentido contrario al normalmente utilizado en la calzada donde se
encuentre situado, bien sea un carril que les este exclusivamente reservado o
bien abierto excepcionalmente a la circulación en dicho sentido.
3. También es obligatorio utilizar el alumbrado que
reglamentariamente se establezca cuando existan condiciones meteorológicas o
ambientales que disminuyan sensiblemente la visibilidad, como en caso de
niebla, lluvia intensa, nevada, nubes de humo o de polvo o cualquier otra
circunstancia análoga.
4. Las bicicletas, además, estarán dotadas de
elementos reflectantes homologados que reglamentariamente se determine. Cuando
circule por vía interurbana y sea obligatorio el uso de alumbrado, el conductor
de bicicleta debe llevar colocada, además, alguna prenda o elemento
reflectante.
Actualmente, las condiciones técnicas que debe cumplir
el alumbrado y señalización óptica de
los vehículos aparecen recogidas en el art. 15 del Real Decreto 2822/98 de 23
de diciembre por el que se aprueba el Reglamento General de Vehículos, que
contiene, entre otras, las siguientes prescripciones:
Las luces y dispositivos reflectantes que, siendo
dobles, tengan la misma finalidad, se corresponderán en color e intensidad y
estarán situados simétricamente, a ser posible, a la misma distancia de los
bordes del vehículo. Ninguna luz instalada en un vehículo será intermitente o de
intensidad variable a excepción de las indicadas en la reglamentación que se
recoge en el Anexo I. Todos los dispositivos de alumbrado y de señalización
óptica de los vehículos de motor y remolcados deberán cumplir las exigencias
especificadas en la reglamentación que se recoge en el Anexo I, prohibiendo
instalar en los vehículos otro tipo de luces.
Los camiones matriculados a partir del 10
de julio de 2011, de acuerdo con lo establecido en la OM PRE 52/2010, están
sujetos a la obligatoriedad de uso de la señal V-23 de dispositivo reflectante
de contorno. Se estima que la aplicación de la medida podrá reducir en un 30%
los accidentes en los que se vean implicados.
Mensaje fuerza:
- Con inversiones modestas se pueden conseguir grandes
resultados
- Tan importante es VER cómo
SER VISTO
Las placas de matrícula deben ser perfectamente
legibles y no estar deterioradas.
El conductor deberá verificar que las placas de
matrícula del vehículo no presentan obstáculos que impidan o dificulten su
lectura e identificación, tal y como recoge el artículo 10.2 del RDL 6/2015.
La infracción se recoge en el artículo 76.P del mismo
texto normativo, estando calificada como grave. El Reglamento General de
Vehículos, en su artículo 25, detalla que “se denunciarán por este
precepto los supuestos de circulación sin placas de matrícula y de placas no
visibles o legibles”.
Dicha infracción conlleva
una denuncia que se traduce en una multa de 200
euros (100 euros si es reducida).
Llevar la matrícula ilegible es una infracción grave,
pero no supone pérdida de puntos. Por otro lado, manipular la placa de
matrícula puede conllevar una multa de 6.000 euros y la pérdida de 6 puntos.
Mensajes
fuerza:
Manipular la placa de matrícula para intentar eludir
fraudulentamente la norma, puede conllevar una multa de 6.000 euros y la
pérdida de 6 puntos
5.- DOCUMENTACIÓN DEL VEHÍCULO
Permiso de
circulación del vehículo en el que figuran los datos técnicos del mismo y
los datos de su propietario (o una autorización de la Jefatura de Tráfico en su
ausencia).
Tarjeta de la ITV y
pegatina correspondiente, visible en la luna delantera.
6.-
PRINCIPALES CONCLUSIONES DEL INFORME AECA-ITV AÑO 2016.
· En el año 2016,
las estaciones de Inspección Técnica de Vehículos (ITV) españolas llevaron a
cabo la revisión de 19.509.380
vehículos.
· El 18,77%
(alrededor de 3,7 millones) de los vehículos inspeccionados no superaron la
primera inspección obligatoria, al presentar, al menos, un defecto técnico
grave, esto supone que casi uno de cada cinco vehículos fue rechazado por no
reunir las condiciones mínimas de seguridad o por emitir a la atmósfera
emisiones contaminantes y nocivas superiores a lo permitido por ley. Esta tasa
de rechazo obedece a que durante las inspecciones se detectaron hasta un total
de 23.888.560 defectos, de los cuales 6.886.276 eran graves (aquellos que
automáticamente imposibilitan que un vehículo pueda superar la inspección
técnica).
· Los defectos
graves más comunes fueron los de alumbrado y señalización (24,1%); ejes,
neumáticos y suspensiones (21,7%); los relativos a frenos (14,7%); y por exceso
de emisiones contaminantes (13,3%)
· Los vehículos con
mayor tasa de rechazo son los camiones (26,6%) seguidos de remolques y
semirremolques (25,76%), y autobuses (24,4%)
Mensaje fuerza:
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